Inicio Minuto a Minuto Se niega presidenta del TEEO a pagar pensión a sus hijos; usa influencias, acusan

Se niega presidenta del TEEO a pagar pensión a sus hijos; usa influencias, acusan

por Agencia Zona Roja

Juan Carlos Medrano/Diálogos Oaxaca.

Oaxaca de Juárez, Oax., 23 de febrero de 2021.- Haciendo gala de presunto influyentismo entre jueces del Poder Judicial y personal de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), la presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), magistrada Elizabeth Bautista Velasco, dejó de pagar la pensión alimenticia a sus hijos Adrián Geovanny y José Luis Hernández Bautista, violando con ello un mandato judicial, mientras que al más pequeño de nombre Marco Antonio, que padece un trastorno del aspecto autista más un déficit mental bajo, le regatea el dinero que por ley le corresponde.

A la fecha, la presidenta del organismo adeuda a sus tres hijos, alrededor de 200 mil pesos por concepto de pago de pensión alimenticia definitiva.

De acuerdo con una serie de documentos en poder de www.dialogosoaxaca.com la magistrada enfrenta desde el 2015 una disputa legal con su ex cónyuge quien responde al nombre de Adrián Gabino Hernández Bautista a quien hace un lustro cuando la hoy Presidenta del TEEO era Consejera Electoral del IEEPCO, encarceló acusándolo del delito de violencia intrafamiliar, pero al no comprobar su acusación, el entonces esposo de la hoy magistrada fue puesto en libertad y fue exonerado.

Con base a la narrativa de hechos, a partir de ese año se inició una disputa legal por la patria potestad de los tres hijos de la pareja.

Fue en el año 2018 cuando después de un largo proceso jurídico, el Juez Cuarto Familiar, dictó sentencia definitiva, y otorgó la guardia y custodia categórica a favor de Adrián Gabino Hernández Bautista.

Además, le ordenó a la entonces Consejera del IEEPCO, pagar pensión alimenticia definitiva para sus tres hijos, pero contrario a lo que establece la Ley no fue el Juez quien fijó los montos, sino la propia Presidenta del TEEO quien definió por encima del Ministro los porcentajes que habría de dar.

Además, resultado del juicio, se decretó una convivencia definitiva entre la hoy magistrada Elizabeth Bautista Velasco y el más pequeño de sus hijos, los días sábados en un horario de 4 a 6 de la tarde, y domingos de 10 a 12 de la mañana, “en el entendido que la progenitora pasaría por este al domicilio en el cual habita el menor, y en caso de que, lo solicite, se podrá hacer acompañar por una persona de su confianza, hasta en tanto se fortalezca aún más el vínculo afectivo entre estos, convivencia que se podrá ampliar de manera gradual de acuerdo a la aceptación que su hijo pudiera presentar; en cuanto al periodo vacacional Bautista Velasco gozará del 50% de dicho periodo con Marco Antonio Hernández Bautista, siempre y cuando este así lo desee, respetando siempre el interés superior del mismo”, lo anterior conforme a lo expuesto en el considerando sexto de la resolución.

Con base al documento, se absolvió al padre de la prestación consistente en proporcionarle alimentos a la Magistrada, y por el contrario se le condenó al pago de una pensión alimenticia definitiva para sus hijos Adrián Geovanny, José Luis y Marco Antonio, consistente en el 37%, correspondiéndole un 10% a Adrián Geovanny; un 10% a José Luis y un 17% a Marco Antonio en atención que padece un trastorno del aspecto autista más un déficit mental bajo, del sueldo y demás prestaciones que percibía como Consejera electoral del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, ahora Magistrada del TEEO.

Pero pese a que la Magistrada fue quien fijó los porcentajes, la Presidenta del TEEO interpuso un recurso de apelación, dando origen a la formación del Toca Familiar número 102/2019 radicado en la Primera Sala Familiar, en el que los magistrados de dicha sala familiar, sin acatar lo que ordena la Ley de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, con fecha 5 de diciembre del 2019, modificó la sentencia dictada por el Juez Cuarto de lo Familiar, estableciendo a favor de Bautista Velasco la guarda y custodia de su hijo más pequeño y se estableció un régimen de convivencias entre el menor y su señor padre, estableciendo todos los días viernes de las 17:00 horas, hasta las 17:00 horas del día domingo en el domicilio del padre y en los periodos vacacionales conviviría con él, la mitad del mismo y la otra con su señora madre, “en cuanto a los días festivos y de descanso, una festividad la convivirá con su madre y la otra con su progenitor, esto sin perjuicio de las actividades escolares”.

Además, los integrantes de dicha sala familiar ordenaron al padre del menor entregar una pensión alimenticia definitiva a favor del pequeño hijo, equivalente a un salario mínimo diario, que debería depositar ante la Juez Cuarto Familiar de forma quincenal, los tres primeros días de cada quincena.

La sentencia absolvía a la Presidenta del TEEO al pago de la pensión alimenticia definitiva a favor de sus otros dos hijos Adrián Geovanny y José Luis.

Esto generó que el padre, promoviera un Juicio de Amparo Directo en contra de la Resolución, por lo que le fue concedida la Suspensión Provisional, quedando las cosas en que se encontraban hasta antes de emitir la sentencia de segunda instancia, por lo que Bautista Velasco, debería de continuar cumpliendo con su obligación alimentista para con sus hijos.

SE NIEGA A PAGAR PENSIÓN

Al respecto, uno de los hijos de nombre José Luis narró a www.dialogosoaxaca.com que su madre la Presidenta del TEEO, magistrada Elizabeth Bautista Velasco se niega a pagarle a él y a sus hermanos la pensión alimenticia definitiva que le mandató el Juez.

Acusó a su progenitora de tráfico de influencias, de maltrato, de presuntas agresiones y humillaciones, de violentarlo psico emocionalmente y de violentarlo económicamente.

Reveló que su madre le ha condicionado la entrega del recurso económico siempre y cuando se vaya a vivir con ella.

“Después de un largo proceso que duró 4 años, le dieron la guarda y custodia definitiva a mi padre, fijándole a mi madre un porcentaje de pensión alimenticia que ella misma dijo y el cual hasta la fecha no ha querido cumplir”, externó.

DDHPO LA PROTEJE

El joven de 20 años de edad, narró que el caso más reciente de tráfico de influencias ocurrió el pasado 3 de febrero del presente año, “cuando fui por el pago de mi pensión al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca donde me negaron el acceso, argumentando que tienen una notificación del Juzgado Cuarto Familiar donde me suspenden el pago de la pensión. A pesar de que solicité se me mostrara el documento, el personal del organismo se negó, además de que yo y mis hermanos nunca fuimos notificados de esta suspensión”.

Dio a conocer que ante tal situación presentó una queja ante la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), donde le informaron que en un lapso de una semana tendría una respuesta. Sin embargo, ahora el personal de la institución se niega a atenderlo y mucho menos exponerle el status que guarda su queja.

“Pido se respeten los derechos fundamentales de mis hermanos y los míos, además de que mi madre deje que las autoridades de la DDHPO hagan su trabajo sin favoritismos y conforme a la ley, que no abuse del cargo de Presidenta del TEEO, ni de las influencias que tiene y que como funcionaria pública representante y juzgadora de la Ley ponga el ejemplo”, expresó.

NADIE NOS DA EXPLICACIONES

El padre comentó que se ha presentado a las instalaciones que ocupa el TEEO con el objeto de hacer efectivo el pago por concepto de pensión alimenticia. Sin embargo, le informan –sin que se le haya mostrado documento alguno–, que la pensión “fue cancelada”, mediante mandato judicial, por lo que únicamente se le haría el pago correspondiente a su menor hijo, sin que se continúe pagando la pensión a sus otros dos hijos.

Precisó que a la fecha no ha recibido notificación alguna por parte del Juez Cuarto Familiar donde se le notifique la citada modificación o cancelación por lo que únicamente ha sido, a través del Departamento de Recursos Humanos del TEEO quien dé propia autoridad, ha realizado estas modificaciones.

Recordó que los pagos proporcionales por concepto de aguinaldo, no les han sido cubiertos desde el año 2020, “siempre han sido omisos o han evadido la responsabilidad en cuanto a su pago”.

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