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Desiste el TEEO de analizar caso conflictivo de Teotitlán del Valle

por Agencia Zona Roja

Redacción/Zona Roja.

Oaxaca de Juárez, Oax., a 8 de octubre de 2022.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó que no tiene competencia, en razón de materia, para conocer las impugnaciones presentadas por las y los integrantes del ayuntamiento de Teotitlán del Valle en contra de ex concejales de esa comunidad, que realizan actos de autoridad.

En la resolución del juicio de la ciudadanía con clave JDC/736/2022, argumentó que los medios impugnativos en materia electoral, están encaminados a combatir actos o resoluciones emitidos por autoridades, que trastoquen los derechos político-electorales de las personas.

La magistrada presidenta, el magistrado y la coordinadora de estudio y cuenta en funciones de magistrada; por unanimidad, determinaron que las personas denunciadas, al día de hoy, no ostentan cargo de autoridad alguno.

Los actores expusieron que, en la asamblea, del 29 de septiembre de 2021, que es el máximo órgano de autoridad comunitario, determinó destituir al entonces presidente municipal, así como aceptar y aprobar las renuncias de los otrora Síndico Municipal y Regidor de Hacienda.

Denunciaron que, los concejales destituidos continuaron ostentándose como integrantes del Ayuntamiento y realizando actos de autoridad en ese sentido.

Por lo otro lado, esta sentencia tuvo por actualizada la causal de improcedencia respecto a la cancelación por parte de la SEGEGO de las acreditaciones de los actores en este juicio, ya que se presentó fuera del plazo de cuatro días que al efecto establece la Ley de Medios de Impugnación.

CASO SAN ANTONIO

Por otra parte, en un comunicado, detalló que en sesión del pleno ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca asuma la rectoría del proceso electivo de autoridades municipales de San Antonio de la Cal.

“En la resolución de los juicios electorales de los sistemas normativos internos 34 y 36, así como el juicio de la ciudadanía 751 todos de este año, este órgano jurisdiccional señaló que el agravio relacionado con la falta de legitimación del órgano electoral comunitario, es sustancialmente fundado y suficiente para revocar y dejar sin efectos todos los actos relacionados con el proceso electoral de autoridades del ayuntamiento”.

Expuso que estos no se ajustaron a lo señalado por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la resolución incidental de veintinueve de julio de dos mil veintidós en el expediente SX-JDC-103/2020 y acumulado.

En consecuencia, el Tribunal pidió al Consejo General del IEEPCO que emita la convocatoria para la elección municipal de San Antonio de la Cal, tomando como base el dictamen que identifica el sistema normativo de la comunidad.

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